COMUNICADO

Comunicamos la necesidad de observar el cumplimiento de los dispuestos en Ley Provincial Nro. 5409 en su articulo 5º y la Constitución de Tucumán del año 2006 – Art 40º con respecto a la obligatoriedad de poseer Matricula Profesional y Colegiarse a todos los ingenieros agrónomos y zootecnista de la EEAOC.

Lo establecido por ley Nº 5409 en su articulo 5º: “La inscripción en la matricula respectiva en el registro del colegio de Ingenieros Agrónomos y Zootecnistas es requisito indispensable para poder ejercer dentro del territorio de la Provincia de Tucumán las actividades reguladas por la presente ley; quedando prohibida toda contratación que realicen empresas privadas u organismos estatales o judiciales de profesionales que no acrediten debidamente su inscripción en la matricula. Estas contrataciones serán nulas.”

Por tal motivo deberán regularizar su situación de su matricula profesional y cuota social en el colegio de Ingenieros Agrónomo y Zootecnista en forma inmediata. Esta obligatoriedad debe ser cumplimentada por todos los agentes que tengan el titulo de Ingeniero Agrónomo y/o Ingeniero Zootecnista, que pertenezcan a cualquier estamento de la EEAOC, incluidos Becarios Graduados. Los agentes tienen la opción de pagar descontando por planilla.

Por mayores informes dirigirse a:

Ing. Alcocer Gabriela – forrajeras@eeaoc.org.ar 

CPN Tan Jun Pablo – personal@eeaoc.org.ar

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