La H. Intervención del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán resuelve:
Establecer que las Órdenes de Consulta Médica estarán sujetas a un plazo de caducidad de 60 (sesenta) días corridos, a partir de su fecha de emisión,cumplido dicho término, las órdenes no producirán efecto jurídico alguno, no pudiendo ser utilizadas por los afiliados y/o beneficiarios ni ser recibidas válidamente por los Prestadores de nuestra Obre Social; sin posibilidad de ser canjeadas.
Atte.